lunes, 23 de mayo de 2016
TAREA 2
En mi puesto actual, JEFE DE DEPARTAMENTO EN JUNTA DE ANDALUCIA las funciones se encuentran recogidas en el DECRETO 90/1993, de 13 de julio, por el que se asignan diversas funciones a determinados Organos Administrativos de la Junta de Andalucía.
"Artículo 4.- Son funciones propias de las Secciones u órganos asimilados las siguientes:
a) Informar a los interesados del estado de tramitación de los expedientes en su ámbito de actuación, sin perjuicio de que dicha función se pueda encomendar a otro órgano especializado.
b) Expedir y autorizar las copias de documentos públicos o privados a que se refiere la Ley 30/92, obrantes en los expedientes que se encuentren tramitándose por dichos órganos.
c) Informar y orientar acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones imponen a los proyectos, actuaciones o solicitudes que los ciudadanos se propongan realizar.
d) Acordar la acumulación de expedientes.
e) Requerir la subsanación de escritos o solicitudes a los interesados.
f) En general las funciones de instrucción de los procedimientos y aquellas otras que se les atribuyan por delegación o desconcentración o tengan ya atribuidas expresamente."
Como se ha dicho en esta Unidad un exceso de jerarquía impide el intraemprendimiento y por ende la INNOVAVION.
Establecida en porcentaje la funciones de mi puesto actual quedaría tal que así :
1ºESTRATEGIA 5%
2ºCOORDINACION 15%
3ºGESTION 20%
4ºINNOVACION 5%
5ºOPERACION 55%
Como se desprende la funciones que mayor relevancia tienen son la OPERACION y GESTION, hay poco espacio para la INNOVACION.
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